Una resolución conjunta entre el Ministerio de Economía y
Finanzas y el Cencoex establece los nuevos montos para asignación de divisas a
quienes viajen al exterior.
En la providencia N° 11, publicada en la Gaceta Oficial
40.636 que circula este viernes, se especifican los montos de acuerdo a la
duración y destino.
El artículo 5 de la providencia establece que los Operadores
Cambiarios Autorizados son los pertenecientes a la Banca Pública.
Para Estados Unidos bajó de $2.500 a $700. Anteriormente, la
cuota asignada era de $700 solo para el estado de Florida.
Para África, Asia, Europa y Oceanía disminuyó de $2000 a
$1000 para la estadía de 1 a 7 días, mientras que se redujo de $3000 a $1125 a
$2000 para la estadía de 8 días en adelante.
Para Cánadá, Chile, El Salvador, Guatemala, Honduras y
países integrantes de Alba y Mercosur, la asignación en dólares bajó de $1000 a
$700 para estadía de 1 a 3 días, de $2000 a $1000 para estadía de 4 a 7 días,
de $2500 a $1063 a $1500 de 8 días en adelante.
Para Aruba, Belice, Bonaire, Colombia, Costa Rica, Cuzarao,
Guayana, México y Panamá, Perú y Surinam, se mantienen la asignación de $300
(De 1 a 3 días de estadía) y $500 (De 4 a 7 días), mientras que se redujo el
cupo de $700 a $525 para la estadía de 8 días en adelante.
La asignación de dólares para las Islas del Caribe bajó de
$500 a $300 para la estadía de 1 y 3 días, de $700 a $500 para la estadía de 4
a 7 días y de $1000 a $525 y $700 para 8 días en adelante.
REDUCEN EL ADELANTO EN DÓLARES EN EFECTIVO
El monto máximo de dólares en efectivo que dispondrá el
usuario para viajes al exterior se redujo de $250 a $200; los mismos se
obtienen a través de cajeros automáticos en el exterior.
Ratifican requisitos para solicitud de dólares
De acuerdo a la providencia el Cencoex se podrá autorizar
hasta un monto máximo de 3.000 dólares o su equivalente en divisas por año a
cada usuario. Serán descontados conforme a cada modalidad:
– Autorización para realizar pagos en divisas con tarjeta de
crédito en el exterior con ocasión de viajes.
– Autorización para realizar pagos de consumos de bienes y
servicios efectuados con tarjeta de crédito mediante operaciones de comercio
electrónico con proveedores en el exterior.
– Autorización de divisas para niños, niñas y adolescente.
Según el dictamen, “se excluye de la utilización de los
mecanismos contemplados en la Providencia, a los beneficiarios de
Autorizaciones de Adquisición de Divisas destinadas a Operaciones de Remesas a
Familiares Residenciados en el Exterior; pago a actividades académicas en el
exterior o envío a jubilados, pensionados y residentes en el exterior;
funcionarios venezolanos en servicio exterior y agregaduría militares, así
como, diplomáticos extranjeros acreditados ante Venezuela”.
El usuario podrá utilizar indistintamente hasta 3 tarjetas
de crédito de las cuales sea titular, para realizar los consumos por el monto
autorizado por cada solicitud, siempre que dichas tarjetas hayan sido emitidas
por el mismo operador cambiario autorizado.
El texto oficial refiere que el tipo de cambio aplicarse
para las operaciones establecidas será el resultante de la última asignación de
divisas realizadas a través del Sistema Complementario de Administración de
Divisas (Sicad).
De acuerdo a la providencia 011 de Cencoex, publicada en la
Gaceta Oficial 40.636, se mantiene el cupo para consumo a través de operaciones
electrónicas en el exterior al año en 300 dólares, pero éste solo se podrá usar
en tres partes.
Según aclara el artículo 26 de la providencia, se podrá
hacer uso de este cupo cada cuatro meses y el monto total no es acumulativo, lo
que quiere decir que si en uno de los cuatrimestres no se emplea, ya no podrá
sumarse a futuros consumos.
La providencia puntualiza la manera de hacer uso de este
cupo:
Primer cuatrimestre: $100
Segundo cuatrimestre: $100
Tercer cuatrimestre: $100
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