miércoles, 11 de marzo de 2015

LA SEPARACIÓN DE PODERES: SEGÚN SAMPER

El político colombiano, secretario general de la Unión Suramericana de Naciones (Unasur), Ernesto Samper, afirmó en días recientes al visitar Venezuela, que el sabe que en este país existe una separación de poderes.
La existencia de la separación de los poderes no es cuestión del conocimiento privado de un individuo, es un principio que debe manifestarse de forma objetiva no sólo en el diseño normativo de un estado, sino en el desempeño de quienes detentan el poder público.

Así, señor Samper, un régimen en el que, tanto en la forma como en el fondo, los poderes del Estado se manifiestan subordinados a quien ejerce la presidencia o a su partido de gobierno, mal puede calificarse cómo modelo de separación de los poderes, por el contrario,el mismo es ejemplo de su indebida concentración, cara a la configuración de una verdadera democracia.
No creo que esa misma afirmación sobre la existencia de una separación de poderes a todas luces inexistente en Venezuela, se atreva a hacerla, quien ha ocupado la presidencia de la hermana república, en un foro académico, como la Pontificia Universidad Javeriana por ejemplo, en la que cursó estudios universitarios, y de la que destacados juristas colombianos han egresado o forman parte de su plantel de docentes, y para quienes ha de resultar escandaloso que se proclame la existencia de una separación de poderes hoy en día en Venezuela, donde la práctica demuestra que el poder se concentrasin pudor alguno en el partido de gobierno y en sus dirigentes.
La separación de los poderes se define como un principio de la organización del Estado, en base a la distribución de sus distintas funciones en estructuras organizativas independientes, a manera de que se concrete un sistema de pesos y contrapesos y que el poder sea contenido por el poder. Los poderes ejecutivo, legislativo y judicial, y en nuestro caso, electoral y ciudadano, deben ejercer sus funciones (administrar, legislar, juzgar y la electoral y de control) con independencia, lo cual pasa porque las autoridades designadas para conducir estas estructuras organizativas sean igualmente independientes.
Así que explíquenos señor Samper cómo puede hablarse de separación de los poderes, en un país en el que:
(i) En los últimos 16 años el parlamento ha delegado plenos poderes al presidente, violando los límites constitucionales, para que sea éste quien legisle, y ha sido el presidente, quien que en base a esos poderes, ha dictado cientos de leyes. El último de este ejercicio desbocado e inconstitucional de la facultad legislativa del parlamento por parte del presidente se produjo en el mes de noviembre de 2014.
(ii) Muchas de estas leyes dictadas por el presidente de la república en base a estas habilitaciones, fueron promulgadas fuera del plazo de la delegación, y a pesar de la denuncia de este hecho, ha habidosilencio absoluto  de los poderes legislativo y judicial.
(iii) Un fiscal general de la república (Poder Ciudadano, independiente de los otros poderes por virtud de la separación de los poderes) pasó a ser vicepresidente de la república (cargo dependiente jerárquicamente del presidente), y luego embajador. Un presidente del Poder Electoral también pasó a ocupar tal cargo, luego de haber organizado procesos electorales ganados por el PSUV (que es el partido de gobierno), es hoy alcalde de Caracas, electo en representación del PSUV, y coordinador del PSUV.
(iv) Otro presidentedel Poder Electoral, pasó, también después de procesos electorales favorables al PSUV, a ser magistrado del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) y es actualmente miembro de su Sala Constitucional (SC).
(v) Los jueces del país en  la sede del TSJ, al inicio del año judicial 2006corearon:“Uh Ah Chávez no se va!” y existe evidencia, según los organismos veedores de los derechos humanos, de que el poder judicial se usa en este momento para perseguir y castigar la disidencia en Venezuela.
(vi) La selección de los magistrados del TSJ, prevista en una ley orgánica por la mayoría calificada de las dos terceras partes, fue reformada para serlo por una mayoría simple, sin el voto de la mayoría calificada exigido para modificar las leyes orgánicas, lo cual ha permitido que todos ellos hayan sido designados por los parlamentarios del PSUV, sin el concurso de los partidos de la oposición.
(vii) Los cargos al poder ciudadano, fiscal y contralor general de la república así como los del poder electoral, fueron también designados por la mayoría simple que controla el PSUV y no por la calificada que en este caso ordena la propia Constitución, apoyados en una sentencia de la SC del TSJ recaída sobre un recurso decidido expeditamente sin procedimiento, propuesto por el Presidente de la Asamblea, también miembro de la directiva del PSUV.
(viii) La SC del TSJ convalidó la vía de hecho del presidente de la Asamblea por medio del cual destituyó a la diputada María Corina Machado, sin recurso intentado a esos efectos, sin procedimiento y sin darle derecho a defensa.
(ix) La  SC del TSJ destituyó a dos alcaldes de oposición, y los condenó a prisión, si tener competencia penal, sin proceso, sin defensa, y sin derecho a apelar.
(x) La actual presidenta del TSJ, y de su SC,había sido previamente la procuradora general de la república, órgano asesor y parte de al rama ejecutiva,militante del partido oficialista MVR ycandidata a la gobernación del Estado Nueva Esparta.
(xi) El defensor del pueblo recientemente designado, miembro del PSUV, fue previamente gobernador de un Estado en representación del PSUV.
(xii) Este defensor del pueblo en funciones, órgano de protección de los derechos humanos, considera adecuada y conveniente una resolución del Ministro de la Defensa permitiendo el uso de gases tóxicos y armas de fuego en el control de la protesta pacífica, lo cual está expresamente prohibido en la Constitución en la normativa relativa a los derechos humanos.
La mentira,de acuerdo a los filósofos, es recurso esencial  de la vida política (Arendt), pero por más que se repita nunca cambiará la realidad, como es la inexistencia de separación de los poderes en Venezuela, lo cual acarrea que sus ciudadanos sean víctimas de la ausencia de límites al poder arbitrariamente ejercido.

Por: María Amparo Grau

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